
La División Político-administrativa de Colombia Divipola es un estándar de codificación que permite contar con un listado organizado y
actualizado de la totalidad de unidades en que está dividido el territorio nacional, dándole a cada departamento, municipio, corregimiento
departamental y centro poblado, el máximo de estabilidad en su identificación.
Esta codificación, acorde con la dinámica territorial del país, es actualizada periódicamente por el Departamento Administrativo Nacional
de Estadística (DANE), de acuerdo con la información suministrada por las administraciones municipales y departamentales,
constituyéndose en fuente de consulta sobre la organización administrativa y política del país.
La División político-administrativa del territorio nacional se ha organizado de diferentes maneras, las cuales han respondido a la evolución histórica de la nación. A continuación se presenta un breve resumen de los principales hitos en la organización político-administrativa del territorio Colombiano:
1509 – 1549: Los Españoles asignaron al territorio americano el nombre de "Tierra firme”.
1513: La Corona suprimió la Gobernación de Nueva Andalucía, redefinió la de Castilla y creó la Gobernación de Chocó.
1542: El territorio se dividía en tres gobernaciones relacionadas con la fundación de las que fueron sus respectivas capitales: Santa Marta (1525), Cartagena (1533) y Popayán (1536). En esta época se establecen dos instituciones: Encomienda y Municipio.
1550 – 1717: Se instala en Santa Fe la Real Audiencia de la Nueva Granada, dependiente del Virreinato del Perú. Componen la Audiencia cuatro partes: una central, el Nuevo Reino de Granada y tres periféricas; las Gobernaciones de Santa Marta, Cartagena y Popayán.
1717 – 1810: Felipe V crea los virreinatos en América (México, Perú, Río de la Plata la Nueva Granada). El Virreinato de la Nueva Granada quedó conformado por la fusión de las Reales Audiencias de Santa Fe, Quito y la Capitanía General de Venezuela, y ocupó el territorio formado por la Nueva Granada, capital Santa Fe y 24 Provincias. La provincia se dividió más tarde en cantones correspondientes a circunscripciones electorales; a su vez, éstos se componían por parroquias, territorios con feligresía bajo la autoridad de un párroco.
1819: Nace, en Angostura, la República de Colombia. Ésta estuvo formada por tres departamentos: Venezuela, Cundinamarca y Ecuador.
1821: La influencia española marcó en la Asamblea Constituyente de 1821, en Villa del Rosario, lo que sería la organización territorial de la declarada República de Colombia; la cual se dividió en departamentos, provincias, cantones y parroquias. Cundinamarca quedó dividida en cuatro departamentos: Boyacá, Cauca, Cundinamarca y Magdalena. El departamento de Boyacá quedó integrado a su vez por tres provincias: Tunja, Socorro y Pamplona.
1824: El Congreso de Colombia decretó, mediante la ley 25, doce departamentos divididos en treinta y ocho provincias. La República contaba entonces con 2.583.799 habitantes, entre ellos 203.831 indígenas y 102.902 esclavos. La Gran Colombia existió entre 1819 y 1830; pero, después de la muerte de Bolívar, se dividió en tres Estados: Nueva Granada, Ecuador y Venezuela.
1831 – 1858: La nueva Constitución, sancionada en 1832 por el General José María Obando, presidente encargado, crea la República de la Nueva Granada. En esta Constitución se suprimen los departamentos, y se mantienen las provincias (19 en total), así como los cantones; las parroquias se convierten en distritos parroquiales.
1858 – 1863: Se crea la Confederación Granadina, conformada por Estados soberanos, sobre los cuales se ordenó que se confederaran a perpetuidad. Los Estados creados se dividieron en provincias y distritos parroquiales, los que a pesar de lo ordenado, fueron suprimidos cuando se volvió a la República Unitaria en 1886 con la Constitución de Caro y Núñez.
1863 -1886: La constitución de Rionegro, creó los Estados Unidos de Colombia, formado por nueve Estados, con presidentes elegidos por dos años. Cada Estado representó una República independiente, soberana, con Constitución, gobierno y ejércitos propios.
1864: Se conformó el primer mapa oficial de Colombia; el cual estuvo supervisado por el General Mosquera, elaborado por el ingeniero Manuel Ponce de León, dibujado por Manuel María Paz y basado en trabajos previos de Agustín Codazzi.
1904: El General Rafael Reyes decretó una nueva distribución de unidades político-administrativas. Se había perdido Panamá. El territorio se organizó por un distrito capital: Bogotá, una intendencia: La Guajira, un territorio nacional: el Meta y 25 departamentos.
1909: Se restablecieron los antiguos nueve departamentos, formados entre 1863 - 1886. En 1910 se crearon los departamentos del Huila, Caldas y Valle del Cauca; el antiguo Santander se fragmentó en los actuales departamentos de Santander y Norte de Santander.
1936: Con la Reforma Constitucional del doctor López Pumarejo, se expidió el Acto Legislativo número uno por medio del cual se crearon con rango constitucional, las intendencias y comisarías y se dispuso la división de la República en departamentos, intendencias y comisarías ¹. Los departamentos se dividieron a su vez en municipios o distritos municipales.
1945: El doctor Alberto Lleras Camargo, dividió las intendencias y comisarías en municipios o distritos municipales.
1968: En la administración del doctor Carlos Lleras Restrepo, se expidió el Acto Legislativo número uno de 1968 por medio del cual se incorporaron como entidades territoriales de la República, a los municipios o distritos municipales en que se dividían los departamentos, las intendencias y las comisarías; situación que se mantuvo hasta 1991, año en el cual fue reformada la Constitución.
1991: La Constitución de 1991, en su Artículo 309, erigió en departamentos las intendencias y comisarías existentes y definió como entidades territoriales con autonomía para la gestión de sus intereses, (según lo establecen los artículos 286 y 287 de la misma), a los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas. En este sentido, merece destacarse el impulso que esta constitución dio al municipio determinándolo como entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado. De acuerdo al Artículo 306 de la actual constitución, dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio, para desarrollar económica y socialmente el territorio. El Art 318 de la actual constitución, dispone que los concejos puedan dividir sus municipios en comunas cuando se trate de áreas urbanas; y en corregimientos, en el caso de las zonas rurales. La reglamentación a estas acciones se establece en los artículos 117 a 140 de la Ley 136 de 1994. El Artículo 319 de la Constitución vigente faculta a dos o más municipios para organizarse en áreas metropolitanas, las cuales podrán convertirse en distritos. Así mismo, el Artículo 321 de la actual Constitución, dispone la formación de provincias constituidas con municipios o territorios indígenas circunvecinos pertenecientes a un mismo departamento.
2013:En la actualidad el país cuenta con 32 departamentos, 1101 municipios (sin incluir San Andrés Isla), 5 distritos ², incluido el Distrito Capital de Bogotá, el cual si bien es municipio, está sujeto a un régimen especial, 20 Corregimientos Departamentales3 y 8.059 centros poblados4 (clasificados en corregimientos municipales (C), inspecciones de policía (IP, IPM, IPD) y caseríos CAS).
¹ Al tenor del artículo 2º del acto legislativo 1 de 1936, el territorio nacional se divide en Departamentos, Intendencias y Comisarias. Las Intendencias y Comisarias quedan bajo la inmediata administración del Gobierno y corresponde al legislador proveer a la organización y a la división administrativa de ellas.
² Según la Constitución Política de Colombia, se creó el Distrito Capital de Bogotá, el Distrito Turístico y Cultural
de Cartagena de Indias, el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, y el Distrito Especial,
Industrial y Portuario de Barranquilla. Adicionalmente, de acuerdo al Acto Legislativo 2 de 2007, se creó Distrito
Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura; el Distrito Especial, Industrial,
Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Tumaco; el Distrito Especial Ecoturístico, Histórico y Universitario de
Popayán, el Distrito Histórico y Cultural de Tunja, el Distrito Especial de Turbo, y el Distrito Especial Fronterizo
y Turístico de Cúcuta. En el año 2009, mediante la Sentencia C-141-01 del 7 de febrero de 2001, declara inexequible
la creación de los Distritos de Cúcuta, Popayán, Buenaventura, Tunja y Tumaco.
A septiembre de 2012 se tienen cinco distritos correspondientes a: el Distrito Capital de Bogotá, el Distrito
Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta; el Distrito
Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, y el Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico
de Buenaventura.
³ Es una división del departamento que no forma parte de un determinado municipio.
4 Información consolidada a 30 de junio de 2012.
Divipola Móvil
Descarge la Divipola en su Dispositivo
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División político-administrativa de Colombia 2015
División Político-administrativa de Colombia 2015
Consolidado Historico Listado Divipola 2008 - 2014
Listado División Político-administrativa de Colombia 2008
Listado División Político-administrativa de Colombia 2009
Listado División Político-administrativa de Colombia 2010
Listado División Político-administrativa de Colombia 2011
Listado División Político-administrativa de Colombia 2012
Listado División Político-administrativa de Colombia 2013
Listado División Político-administrativa de Colombia 2014
Consolidado Historico Resumen Divipola 1967 - 2014
Resumen División Político-administrativa de Colombia 1967
Resumen División Político-administrativa de Colombia 1970
Resumen División Político-administrativa de Colombia 2000
Resumen División Político-administrativa de Colombia 2002
Resumen División Político-administrativa de Colombia 2008
Resumen División Político-administrativa de Colombia 2009
Resumen División Político-administrativa de Colombia 2010
Resumen División Político-administrativa de Colombia 2011
Resumen División Político-administrativa de Colombia 2012
Resumen División Político-administrativa de Colombia 2013
Resumen División Político-administrativa de Colombia 2014
Municipios creados desde 1993

Con el objeto de proporcionar un mayor entendimiento y una mejor lectura del presente documento, se explican los siguientes conceptos básicos sobre las divisiones territo territoriales existentes en Colombia y la reglamentación para su constitución y/o existencia
Entidad administrativa formada por un conjunto de dos o más municipios integrados alrededor de un municipio núcleo o metrópoli. Estos están vinculados por relaciones de orden físico, económico y social, y requieren una administración coordinada para la programación, la coordinación de su desarrollo y la prestación de sus servicios públicos. (Ley 1625 de 2013. Por la cual se deroga la Ley Orgánica 128 DE 1994 y se expide el Régimen para las Áreas Metropolitanas).
Es una división del departamento que no forma parte de un determinado municipio (antes corregimientos departamentales) de los departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés, lo cual para fines censales y establecer un identificador único de ellos, el DANE les ha asignado un código con la misma estructura de los municipios.
Delimitación geográfica definida por el DANE para fines estadísticos, alusiva al área comprendida entre el perímetro censal y el límite municipal definido por ordenanza de la asamblea departamental. Se caracteriza por la disposición dispersa de viviendas, de centros poblados y de explotaciones agropecuarias existentes en ella (Definición DANE).
Delimitación geográfica definida por el DANE para fines estadísticos, alusiva al área geográfica delimitada por el perímetro censal. A su interior se localiza la sede administrativa del municipio, es decir la alcaldía (Definición DANE).
Definición construida por el DANE, para fines estadísticos, que corresponde a un centro poblado ubicado generalmente al lado de una vía principal y que no tiene autoridad civil. El límite censal está definido por las mismas viviendas que constituyen el conglomerado.
Definición construida por el DANE para fines estadísticos, cuyo alcance es la localización geográfica de núcleos o asentamientos de población. Se determina cuando hay una concentración mínimo de veinte (20) viviendas contiguas, vecinas o adosadas entre sí, ubicada en el área resto municipal o en un Corregimiento Departamental. Dicha concentración presenta características tales como la delimitación de vías vehiculares y peatonales.
Contexto: Este concepto contempla: caseríos, inspecciones de policia y corregimientos municipales.
División del área rural de un municipio, que incluye un núcleo de población. Considerada en los planes de ordenamiento territorial (POT). El DANE con fines estadísticos ha considerado como "corregimiento" al centro poblado que corresponde exclusivamente al núcleo de población con una concentración de al menos 20 viviendas contiguas, adosadas o vecinas entre sí (Articulo 117 Ley 136 de 1994, Artículo 40 Ley 1551 de 2012).
Entidad territorial que goza de autonomía para la administración de los asuntos seccionales y la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio en los términos establecidos por la Constitución y las leyes. Los departamentos ejercen funciones: administrativas, de coordinación, de complementariedad de la acción municipal, de intermediación entre la Nación y los municipios y de prestación de los servicios que determinen la Constitución y las leyes. (Constitución política de Colombia, artículos 286 y 298).
Entidad territorial, que tiene una característica que la destaca o diferencia, puede ser por su importancia política, comercial, histórica, turística, cultural, industrial, ambiental, portuaria, universitaria o fronteriza. ( Constitución Política de Colombia, Artículo 286. Artículo 2 de la Ley 1617 de 2013; Artículo 2 del Acto Legislativo 2 de 2007).
Es una codificación estándar, numérica que identifica a las entidades territoriales dándole a cada departamento, municipio, corregimiento departamental y centro poblado una identidad única, inconfundible y homogénea.
Se da este calificativo a los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas. Estos gozan de autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites de la Constitución y de la ley (Constitución Política de Colombia, Artículos 286 y 287).
El DANE para fines estadísticos, la define como un conglomerado de viviendas ubicadas en el área resto municipal que tiene por autoridad principal al inspector de policía. (Artículo 320 capítulo II del Decreto 1333 de abril de 1986).
Entidad territorial fundamental de la división político-administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa dentro de los límites que le señalen la Constitución y las leyes de la República. (Constitución Política de Colombia Artículo 311 - Ley 136 de 1994 por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios).
Delimitación geográfica definida por el DANE para fines estadísticos, alusiva a una frontera geográfica que incluye la zona comprendida por el perímetro urbano vigente y los conglomerados con características urbanas (viviendas adosadas, y vías) que se encuentren por fuera y que tengan continuidad espacial con el área urbana del municipio.
Frontera geográfica que delimita el área urbana, cuyos límites se definen por Acuerdo del Consejo Municipal. Suele estar asociado con la cota de servicios públicos, es decir, hasta donde la gravedad permite proveer el suministro del agua (Resolución 070 de 2011. Por la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación catastral y la conservación catastral).

Cualquier comentario o inquietud en la información de la Codificación de la
División político-administrativa favor enviarla al DANE - Dirección de Geoestadística.
Ingeniera Olga Marina López Salinas.
E-mail:divipola@dane.gov.co Tel: (571) 5978340
Cr. 59 No. 26-70 Int. 1 CAN Edificio DANE - Bogotá, D.C.
Para nosotros es importante conocer sus comentarios y sugerencias.